Larroque ratifica el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”

La Municipalidad de Larroque, a través del Decreto Nº 176/2020 D.E., adhiere al DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) 520/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y dispone la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” en todo el territorio de la Ciudad de Larroque, estando a cargo de esta Municipalidad el control del cumplimiento de las recomendaciones establecidas.
En la misma norma insta a “informar por todos los medios la Resolución Nº 12 del Comité de Emergencia de la Municipalidad de Larroque, en cuanto a los cuidados y demás recomendaciones para el esparcimiento responsable”.
Explica que en diversas provincias, entre ellas Entre Ríos, se dispone el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el 28 de junio. En ese tiempo las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos (2) metros, utilizar tapabocas, higienizarse asiduamente las manos, desinfectar superficies y dar cumplimiento a los protocolos de actividades.
Se dispone también que “podrán realizarse actividades deportivas, artísticas y sociales, en tanto se dé cumplimiento a las reglas de conducta antes señaladas y siempre que no impliquen una concurrencia superior a DIEZ (10) personas” y que “el distanciamiento en lugares cerrados se debe limitar a una (1) persona cada dos coma veinticinco metros cuadrados (2,25) de espacio circulable, pudiéndose utilizar la modalidad de reserva del espacio o turnos prefijados”.
Remarca aquellas actividades prohibidas durante el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, como “turismo; la realización de eventos en espacios públicos o privados de cualquier índole con concurrencia mayor a diez (10) personas; cines, teatros, clubes y centros culturales; práctica de cualquier deporte donde participen más de diez (10) personas”.
Señala además “los desplazamientos de las personas alcanzadas por las excepciones al ´aislamiento social, preventivo y obligatorio y a la obligación de circular ya vigentes, y las que se dispongan, deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada´”, lineamiento del Comité de Emergencia de la Municipalidad de Larroque a través de la Resolución Nº 12, que autorizó las actividades recreativas, en espacios municipales, en grupos reducidos, por turnos solicitados telefónicamente; la apertura del cementerio; reuniones familiares de hasta 10 personas, entre otras cosas, siempre extremando las medidas de prevención anteriormente expresadas”.

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