A través del Decreto Nº 309/20, el Municipio de Urdinarrain determinó que sea obligatorio el uso de tapaboca para las personas que realicen las siguientes actividades:
• Reparto y/o delivery, de todo tipo de productos.
• Atención al público, en los comercios, negocios o actividades exceptuadas del aislamiento (supermercados, autoservicios, almacenes, carnicerías, verdulerías, farmacias, etc.).
• Proveedores que ingresen a la ciudad.
• Todas aquellas personas que ingresen a Urdinarrain autorizadas por autoridades pertinentes.
Desde el Municipio se hace saber a la comunidad, que cualquier violación a lo dispuesto por este decreto, se considerará una falta contra la sanidad, higiene, seguridad y bienestar general, resultando el propietario del comercio, local, empresa o actividad involucrada, pasible de multas, secuestros y/o clausuras preventivas e inhabilitaciones.
¡Entre todos nos cuidamos mejor!