El uso de tapabocas será obligatorio en Pueblo Belgrano

El Ejecutivo Municipal de Pueblo General Belgrano, con la conformidad del Consejo Sanitario Interinstitucional (CSI), sancionó este viernes el Decreto Nº 327/2020 que instituye la exigencia de uso de mascarillas, protectores faciales, tapabocas y/o similares para todas las personas que circulen por la vía pública, considerando que la medida representará un beneficio para la sociedad en su conjunto al limitar la propagación del virus y minimizar los riesgos de contagio.

La norma establece puntualmente el uso obligatorio de máscara de protección facial y/o tapabocas a personas dedicadas a la atención al público, personas que ingresen a locales comerciales u oficinas, a choferes de remises y pasajeros y a personal de servicio de entrega a domicilio, excepto delivery en motocicleta a quienes se les exige uso permanente de casco reglamentario. Indica además el uso de placas de acrílico, vidrio, policarbonato o nylon grueso en mostradores, cajas registradoras y en vehículos habilitados para el transporte de pasajeros.

La responsabilidad del cumplimiento se traslada a los titulares de comercios, quienes no deberán permitir el ingreso de clientes sin protección facial; y a los conductores ya sean remiseros o cadetes, siendo en caso de falta pasibles de multa de 100 a 500 UF (Unidad Fija) y clausura preventiva del local y/o retención preventiva del vehículo.

En los considerandos, el decreto subraya la “necesaria utilización masiva de elementos de protección que cubran la boca, nariz y mentón, los que usados de manera correcta tienen como función relevante evitar la transmisibilidad del virus” y acredita que “investigadores del CONICET han analizado la información existente sobre el uso de barbijos y/o tapabocas para acompañar y fortalecer las medidas de distanciamiento y han concluido ‘que son un buen complemento para prevenir contagios’”.

El texto hace además hincapié en otros dos aspectos: la importancia de garantizar el distanciamiento social de 2 metros entre personas al ingresar y permanecer en el transporte público, comercios, entidades bancarias y otras dependencias, así como de extremar las prácticas de higiene; y la prohibición de la comercialización a nivel local de barbijos N95 considerados un insumo escaso y de extrema necesidad para los profesionales de la salud.

La norma entrará en plena vigencia a las 00 horas del miércoles 13 de mayo.

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