Comunicado de ANMAT sobre prohibición de comercialización de alimentos

Las actuaciones se inician a partir de una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) en relación a la comercialización del producto:

“Queso Sardo Argentino marca Santa Rita, distribuido por J. Serrat, RNPA 025/08000577/004, RNE 025/08000577, Dpto. Chilcas, Victoria, Entre Ríos”, rotulado con el logo de Alimento Libre de Gluten; que no cumpliría la normativa alimentaria vigente.

El ASSAL informó que, constató la comercialización del mencionado producto alimenticio en un comercio de la localidad de Capitán Bermúdez, y tomó muestras oficiales reglamentarias del producto. Y que realizo las Consultas Federales N° 8956 y 8979, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), al Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos (ICAB), el cual informó que el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) y el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) fueron dados de baja en el año 2016 y que el producto alimenticio, no se encontraba registrado en su base de información como Alimento Libre de Gluten (ALG) o sin TACC.

Por tal motivo el ASSAl emitió el Alerta Alimentaria N° 02/2023, dirigida a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país y a la población en general, y prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio de la República Argentina, y en caso de hacerlo, proceder al decomiso, desnaturalización y destino final del citado producto; y notificó el Incidente Federal N° 3511 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del SIFeGA. Esto es debido a que el mencionado, el producto se halla en infracción a el artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13, 155 y 1383 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA dados de baja y, por consignar en el rótulo el símbolo “Sin T.A.C.C.” sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

 

La disposición de ANMAT Nº 3404/2023, indica lo siguiente:

…” ARTÍCULO 1°. - Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Queso Sardo Argentino marca Santa Rita - Distribuido por J. Serrat - Dpto. Chilcas - Victoria – Entre Ríos”, rotulado con el logo de Alimento Libre de Gluten, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA que han sido dados de baja y, por consignar en el rótulo el símbolo “Sin T.A.C.C.” sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

ARTÍCULO 2°. - Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNPA 025/08000577/004 y RNE 025/08000577, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de RNE y RNPA que han sido dados de baja, resultando ser en consecuencia ilegales.” ….

 

Para mayor información, los interesados podrán comunicarse al Área de Bromatología de la Subdirección de Inspección General al teléfono 423399, o bien dirigirse a calle España N° 423, donde funciona la oficina.

Comentarios

Comentar artículo